Las sanciones reales por incumplimiento del RD 902/2020
El régimen sancionador aplicable al incumplimiento de las obligaciones de igualdad retributiva está recogido en el Real Decreto Legislativo 5/2000, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Las sanciones se clasifican en tres niveles:
Incumplimientos formales menores relacionados con la transparencia retributiva.
No tener registro retributivo, tenerlo incorrectamente elaborado o no justificar la brecha del 25%.
+ consecuencias adicionales
Discriminación retributiva demostrada o reiteración en infracciones graves.
Consecuencias adicionales más allá de la multa
- Pérdida de beneficios fiscales: deducciones en el Impuesto de Sociedades relacionadas con la contratación y formación.
- Exclusión de contratos públicos: inhabilitación para contratar con la Administración durante el período de sanción.
- Prohibición de subvenciones: pérdida del acceso a ayudas, subvenciones y bonificaciones de la Seguridad Social.
- Daño reputacional: las sentencias y resoluciones sancionadoras pueden hacerse públicas.
- Reclamaciones individuales: los trabajadores pueden reclamar judicialmente las diferencias salariales con intereses y costas.
¿Cuánto cuesta de verdad no cumplir?
📊 Comparativa de coste: cumplir vs. no cumplir
¿Qué inspecciona exactamente la Inspección de Trabajo?
Durante las visitas de inspección relacionadas con el RD 902/2020, los inspectores verifican:
- Existencia del registro retributivo actualizado al ejercicio anterior.
- Corrección formal: que incluya todos los conceptos retributivos exigidos, desglosados por sexo y categoría.
- Justificación de brechas: si existe brecha superior al 25% en alguna categoría, que esté debidamente documentada.
- Accesibilidad: que la representación legal de los trabajadores tenga acceso al registro.
- En empresas de 50+: existencia y vigencia del plan de igualdad con su componente retributivo.
Infracciones más frecuentes detectadas por la Inspección
- No disponer de registro retributivo (la más común en pymes).
- Registro retributivo incompleto: faltan complementos o percepciones extrasalariales.
- Registro retributivo desactualizado: datos de hace 2 o 3 años.
- Brecha superior al 25% sin justificación documentada.
- Registro elaborado incorrectamente: sin desglose por sexo o sin agrupación por categoría.
29 € para evitar hasta 225.018 € de multa
El registro retributivo correcto y actualizado es tu mejor protección ante la Inspección de Trabajo. Genera el tuyo ahora con BrechaCheck.
Proteger mi empresa ahora — 29 € →