Respuesta directa
La evaluación conjunta de retribuciones es un proceso obligatorio de la Directiva UE 2023/970 que se activa cuando la brecha salarial de género de una empresa supera el 5% en alguna categoría profesional, no puede justificarse objetivamente y no se corrige en los 6 meses siguientes al informe. La empresa debe realizarla junto a los representantes de los trabajadores e implementar un plan corrector.
¿Qué es la Evaluación Conjunta de Retribuciones?
La evaluación conjunta de retribuciones (también llamada evaluación retributiva conjunta) es un mecanismo de corrección de brechas salariales injustificadas que introduce la Directiva (UE) 2023/970. No es una auditoría interna: es un proceso participativo que implica tanto al empleador como a los representantes legales de los trabajadores (comité de empresa, delegados de personal o sindicatos).
Su objetivo es diagnosticar las causas reales de una brecha salarial superior al 5% y diseñar medidas concretas para eliminarla, con plazos definidos y obligación de cumplirlos.
Aunque la directiva aún está en proceso de transposición en España, su entrada en vigor está prevista para el 7 de junio de 2026. Las empresas con más de 100 empleados serán las primeras en estar sujetas a los informes de brecha que pueden activar este mecanismo.
¿Cuándo Está Obligada tu Empresa a Realizarla?
⚡ Los 3 Requisitos que Activan la Evaluación Conjunta
1
La brecha supera el 5%: el informe de retribuciones muestra una diferencia de al menos el 5% entre el salario medio de hombres y mujeres en alguna categoría de trabajadores.
2
No hay justificación objetiva: la empresa no puede demostrar que esa diferencia se debe a criterios objetivos, neutros respecto al género y documentados.
3
No se corrige en 6 meses: desde la fecha del informe, la empresa no ha tomado medidas efectivas para reducir la brecha por debajo del umbral del 5%.
Los tres requisitos deben cumplirse simultáneamente. Si tu empresa detecta la brecha y la corrige antes de los 6 meses, la evaluación conjunta no es necesaria.
Cómo se Desarrolla el Proceso Paso a Paso
- Detección: el informe de brecha salarial (anual o trienal según el tamaño de la empresa) detecta una diferencia ≥5% en alguna categoría sin justificación objetiva.
- Período de corrección voluntaria (6 meses): la empresa tiene 6 meses para implementar medidas que reduzcan la brecha. Si lo consigue, el proceso termina aquí.
- Inicio de la evaluación conjunta: si la brecha persiste tras 6 meses, el empleador debe iniciar formalmente la evaluación conjunta con los representantes de los trabajadores.
- Diagnóstico y análisis de causas: empleador y representantes analizan por qué existe la brecha: valoración de puestos, complementos salariales, pluses, ascensos, etc.
- Plan corrector con medidas y plazos: se diseña un plan con medidas concretas (ajustes salariales, revisión de criterios de ascenso, etc.) y plazos para ejecutarlas.
- Seguimiento y verificación: se establecen mecanismos de control para comprobar que las medidas se aplican y la brecha se reduce efectivamente.
Diferencia con la Auditoría Retributiva del RD 902/2020
| Concepto |
Auditoría Retributiva (RD 902/2020) |
Evaluación Conjunta (Directiva 2023/970) |
| ¿Cuándo se hace? |
Incluida en el Plan de Igualdad (empresas con plan obligatorio) |
Solo si la brecha supera el 5% y no se corrige en 6 meses |
| ¿Quién participa? |
La empresa y los representantes (negociación del Plan de Igualdad) |
Empleador + representantes de trabajadores obligatoriamente |
| Resultado |
Diagnóstico de brecha y medidas en el Plan de Igualdad |
Plan corrector con plazos definidos y seguimiento obligatorio |
| Base legal |
RD 902/2020 (España) |
Directiva UE 2023/970 (transposición junio 2026) |
| Empresas afectadas |
Con Plan de Igualdad obligatorio (generalmente +50 empleados) |
Las que tienen brecha ≥5% no justificada ni corregida |
Cómo Evitar la Evaluación Conjunta: Actúa Antes
La mejor forma de evitar la evaluación conjunta es conocer tu brecha salarial antes de que lo exija la ley, y corregirla si supera el 5%. Para ello necesitas:
Paso 1: Calcula tu brecha salarial ahora
Antes de que llegue el momento de presentar el informe oficial, analiza tus propios datos. BrechaCheck hace este cálculo automáticamente a partir de los datos de tu plantilla, identificando qué categorías tienen brechas y de qué magnitud.
Paso 2: Documenta las diferencias justificadas
No toda diferencia salarial es una brecha injustificada. Los años de experiencia, la antigüedad, el rendimiento o los complementos pueden explicar diferencias objetivas. Documenta estos criterios: si los tienes claros y registrados, podrás justificarlos ante una inspección o ante tus empleados.
Paso 3: Corrige las injustificadas antes del informe
Si detectas brechas sin justificación objetiva, actúa antes de que lo exija el informe oficial. Una corrección voluntaria y documentada es mucho más sencilla (y económica) que un proceso de evaluación conjunta.
⚠️ El Riesgo de No Actuar
Las empresas que no corrijan brechas injustificadas se enfrentan a:
- Obligación de evaluación conjunta con los representantes de trabajadores
- Multas de hasta 225.018 € según la LISOS
- Inversión de la carga de la prueba en demandas por discriminación
- Publicación pública de la infracción (daño reputacional)
- Exclusión de contratos públicos y subvenciones
Preguntas Frecuentes
¿Qué es la evaluación conjunta de retribuciones?
Es un proceso obligatorio que la empresa realiza junto a los representantes de los trabajadores para analizar las causas de una brecha salarial de género superior al 5% y establecer un plan corrector. Se activa solo si la brecha no se corrige en los 6 meses posteriores al informe.
¿Cuándo está obligada mi empresa a hacerla?
Cuando se cumplen tres condiciones a la vez: la brecha supera el 5% en alguna categoría, no hay justificación objetiva y no se ha corregido en 6 meses desde el informe.
¿Qué pasa si la brecha supera el 5% pero tengo justificación objetiva?
Si puedes demostrar que la diferencia se debe a criterios objetivos y neutros respecto al género (experiencia, antigüedad, rendimiento documentado, etc.), no estás obligado a iniciar la evaluación conjunta. La clave es tener esos criterios documentados y accesibles.
¿Es lo mismo que la auditoría retributiva?
No. La auditoría retributiva del RD 902/2020 es obligatoria para empresas con plan de igualdad y es un análisis técnico interno. La evaluación conjunta es un proceso adicional que se activa por incumplimiento, implica a los representantes y obliga a un plan corrector con plazos.
¿Puedo evitar la evaluación conjunta?
Sí: calcula tu brecha antes de que lo exija la ley, documenta las diferencias justificadas y corrige las que no lo son antes de que venza el plazo de 6 meses. BrechaCheck te da los datos que necesitas para actuar a tiempo.
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