El Art. 31 obliga a que la documentación técnica esté redactada antes de poner el producto en el mercado. El Anexo VII detalla las 8 secciones mínimas. Redactarlas manualmente desde cero supone semanas de trabajo técnico-legal: necesitas cruzar requisitos del Anexo I Partes I y II, justificar el periodo de soporte conforme al Art. 13.8, y documentar las soluciones de ciberseguridad adoptadas. CRACheck te hace las preguntas, tú introduces los datos de tu producto, y el generador produce los 8 documentos PDF en un ZIP. 149 €. 15-25 minutos. 100% en tu navegador — ningún dato sale de tu máquina.
149 € pago único · 8 documentos ZIP · 15-25 minutos · Browser-side
Tu producto necesita 8 secciones. CRACheck te guía por cada una.
El Anexo VII del Reglamento (UE) 2024/2847 especifica 8 secciones con contenido concreto. Un documento genérico sin estructura conforme al Anexo VII no cumple el Art. 31. La autoridad de vigilancia del mercado puede exigir la documentación y verificar que cubra cada punto.
El Anexo VII, punto 2(b) exige que la documentación técnica incluya el software bill of materials. El Anexo I, Parte II, punto 1 obliga al fabricante a identificar y documentar vulnerabilidades y componentes, incluyendo un SBOM en formato legible por máquina. No es opcional.
El Art. 31.2 es claro: la documentación técnica se redacta antes de poner el producto en el mercado. El Art. 13.12 lo reitera: antes de la puesta en mercado, el fabricante elabora la documentación técnica del Art. 31 y realiza la evaluación de conformidad del Art. 32.
Cada documento cita el artículo del Reglamento (UE) 2024/2847 al que responde.
Clasificación del producto según Art. 7 + Anexo III: Default, Important Class I, Important Class II o Critical.
Documentación técnica completa con las 8 secciones del Anexo VII conforme al Art. 31.
Evaluación de riesgos de ciberseguridad conforme al Art. 13.2 y Anexo I, Parte I.
Información e instrucciones para el usuario conforme al Anexo II.
Declaración UE de conformidad conforme al Art. 28 y Anexo V.
Política de divulgación coordinada de vulnerabilidades conforme al Anexo I, Parte II, punto 5.
Plantilla de notificación a ENISA conforme al Art. 14 (early warning 24h, notificación 72h, informe final 14 días).
Calendario con fechas clave: 11 sept 2026 (Art. 14), 11 dic 2027 (aplicación completa), periodo de soporte (Art. 13.8).
Mira antes de comprar — Descargar dossier de muestra (PDF, empresa ficticia) — Estructura real, artículos reales, formato real. Datos ficticios.
Generado en tu navegador. Ningún dato sale de tu máquina.
Genera documentación técnica estructurada según las 8 secciones del Anexo VII del Reglamento (UE) 2024/2847. Incluye evaluación de riesgos, declaración de conformidad, información al usuario, SBOM y política CVD. 149 €. 15 minutos.
No realiza pruebas de conformidad sobre tu producto físico (Anexo VII, sección 6). No implementa las medidas técnicas de ciberseguridad del Anexo I, Parte I. No certifica mediante organismo notificado. Los datos técnicos del producto los introduces tú.
Nosotros estructuramos la documentación. Tú proporcionas los datos técnicos y realizas las pruebas.
El Art. 64 establece tres niveles de multas administrativas.
Art. 64.2 del Reglamento (UE) 2024/2847. La cifra mayor entre ambas.
Art. 64.3.
Art. 64.4.
Art. 64.5: se tendrán en cuenta la naturaleza, gravedad y duración de la infracción, el tamaño de la empresa, y si se han impuesto multas anteriores.
| Alternativa | Coste | Qué obtienes |
|---|---|---|
| Consultoría especializada | €5.000–€20.000 | Documento a medida. 2-4 meses. |
| Redacción interna desde el texto del Anexo VII | Gratis + 80-200h de equipo | Riesgo de lagunas en secciones técnicas. Sin validación de estructura. |
| Plantilla genérica descargada de internet | Gratis | Sin adaptación al producto. Sin evaluación de riesgos. Sin SBOM. |
| CRACheck | 149 € | 8 documentos, 15 min, estructura Anexo VII validada |
Cada producto con elementos digitales necesita su propia documentación técnica Anexo VII. Si fabricas una gama con 5, 10 o 20 productos, cada uno requiere un dossier independiente. Contacta para precios por volumen.
Solicitar precio por volumenCRACheck genera un documento estructurado según el Art. 31 y Anexo VII del Reglamento (UE) 2024/2847 a partir de la información que tú introduces. La veracidad, precisión y completitud de esa información es tu responsabilidad como fabricante.
Garantizamos que la estructura del documento sigue el Art. 31 y Anexo VII del Reglamento (UE) 2024/2847 y que las referencias legales citadas son correctas en la fecha de la última verificación. No garantizamos que un documento concreto sea aceptado por una autoridad de vigilancia del mercado en un caso específico.
CRACheck no es asesoramiento jurídico. Para situaciones específicas, consulta con un abogado o consultoría regulatoria especializada.