Reg (UE) 2024/1689Generar dossier — 249 €

Tu software filtra CVs con un algoritmo. El Anexo III.4(a) del Reglamento (UE) 2024/1689 clasifica los sistemas de IA para selección y filtrado de candidatos como alto riesgo. La documentación técnica del Anexo IV es tu obligación como proveedor.

No eres el departamento de RRHH que usa la herramienta. Eres quien la construye. El Reglamento (UE) 2024/1689, Anexo III, punto 4(a) clasifica como alto riesgo los sistemas de IA destinados a ser utilizados para la contratación o selección de personas físicas, en particular para publicar anuncios de empleo dirigidos, filtrar o evaluar candidatos. Si tu software hace eso, tú eres el proveedor. El Art. 11 te obliga a documentar conforme al Anexo IV. AICheck genera 12 documentos en 45 minutos. 249 €. En tu navegador.

Generar dossier Anexo IV — 249 €Gratis: comprueba si tu sistema es de alto riesgo

249 € pago único · 12 documentos PDF en ZIP · 45 minutos · 100% en tu navegador

Reglamento (UE) 2024/1689 · Artículo 11 + Anexo IV · 12 documentos · 100% browser-side — tus datos no salen de tu equipo

Screening de CVs y AI Act: los números

El Reglamento (UE) 2024/1689 clasifica explícitamente los sistemas de selección de candidatos como alto riesgo. Si tu empresa desarrolla software de screening, las obligaciones de documentación del Art. 11 son tuyas como proveedor.

Anexo III.4(a)
Clasificación explícita: selección y filtrado de candidatos = alto riesgo
15M € / 3%
Multa por incumplimiento de obligaciones de alto riesgo. Art. 99.4
AEPD
La Agencia Española de Protección de Datos ya tiene gabinete jurídico activo sobre IA en selección

Qué hace AICheck con tu sistema de screening

Introduces los datos de tu sistema. AICheck estructura la documentación conforme a los 9 puntos del Anexo IV.

1
Datos de tu empresa
Razón social, NIF, rol bajo el Reglamento (proveedor del sistema de IA), sector HR tech, país de comercialización.
2
Verificación Art. 5
Confirma que tu sistema de screening no entra en las prácticas prohibidas del Art. 5.
3
Clasificación Anexo III
Confirma categoría 4(a): sistemas de IA para selección y filtrado de candidatos en procesos de contratación.
4
Anexo IV puntos 1–5
Descripción general, propósito previsto, interacción con hardware, versiones previas, dependencias.
5
Anexo IV puntos 6–9
Datos de entrenamiento, métricas de rendimiento, gestión de riesgos, supervisión humana.
6
Declaración de Conformidad UE
Conforme al Art. 47 y Anexo V. Documento firmable.
7
Descarga ZIP
12 documentos PDF. Generados en tu navegador. Ningún dato sale de tu equipo.

Tres errores de las empresas de HR tech con el AI Act

ERROR COMÚN

"Nuestro cliente (la empresa) es quien tiene que documentar, no nosotros"

Si tu empresa desarrolla el software de screening, tú eres el proveedor del sistema de IA bajo el Art. 3(3). El cliente que lo usa es el deployer (Art. 3(4)). Las obligaciones de documentación técnica del Art. 11 son del proveedor. El deployer tiene otras obligaciones (Art. 26), pero la documentación Anexo IV es tuya.

ERROR COMÚN

"Solo hacemos matching de palabras clave, no es IA"

Si tu algoritmo infiere una puntuación de compatibilidad, un ranking de candidatos, o una recomendación de preselección basada en patrones aprendidos de datos históricos, encaja en la definición de sistema de IA del Art. 3(1). Un matching de keywords con un modelo entrenado es IA bajo el Reglamento.

ERROR COMÚN

"Cumplimos RGPD, eso cubre las obligaciones de IA"

RGPD cubre tratamiento de datos personales. El AI Act cubre el sistema de IA como producto. Son regulaciones complementarias. El RGPD te obliga a hacer una EIPD; el AI Act te obliga a documentar el sistema conforme al Anexo IV. Son documentos distintos con requisitos distintos.

Qué contiene el ZIP

12 documentos PDF generados a partir de tus datos. Cada uno cita el artículo del Reglamento (UE) 2024/1689 que cumple.

1

Clasificación de Riesgo

Identifica tu sistema como alto riesgo bajo el Anexo III.4(a). Art. 6 + Anexo III.

2

Documentación Técnica Anexo IV

Los 9 puntos completos. Art. 11 + Anexo IV.

3

Declaración de Conformidad UE

Art. 47 + Anexo V.

4

Calendario de Cumplimiento

Art. 111.

5

Ficha de Conformidad

Resumen ejecutivo.

6

Sistema de Gestión de Calidad (QMS)

Art. 17.

7

Instrucciones para el Deployer

Documento que entregas a la empresa que usa tu software de screening. Art. 13.

8

Checklist de Evidencias

Evidencias por punto del Anexo IV.

9

Plantilla de Incidentes

Art. 73.

10

Programa de AI Literacy

Art. 4.

11

Cláusulas Provider–Deployer

Capítulo III.

12

Acta de Comité de Riesgos

Art. 9.

Generado a partir de tus datos, en tu navegador. Ningún dato sale de tu equipo.

Qué pagas

🧾 CONSULTORÍA AI ACT PARA HR TECH
€5.000–€12.000
3-6 meses.
✓ AICHECK
249 €
12 documentos. 45 min.

Proveedor y deployer: dos capas

● CAPA 1

Documentación técnica Anexo IV

12 docs. 45 min. 249 €. Lo que necesitas como proveedor antes de comercializar tu software de screening.

∅ CAPA 2

Obligaciones del deployer (Art. 26)

Tu cliente (la empresa que usa tu software) tiene sus propias obligaciones: supervisión humana, registro de logs, información a trabajadores. Tú le entregas las instrucciones de uso (Art. 13). AICheck genera ese documento por ti.

No vendemos formación para RRHH. No vendemos auditoría laboral. Vendemos la herramienta que documenta tu sistema de screening conforme al Anexo IV.

Régimen sancionador

Artículo 99 del Reglamento (UE) 2024/1689.

🇪🇺
Incumplimiento de prácticas prohibidas
35M € / 7%

Art. 99.3.

🇪🇺
Incumplimiento de obligaciones de alto riesgo
15M € / 3%

Art. 99.4. Incluye no elaborar la documentación técnica conforme al Art. 11 y Anexo IV.

🇪🇺
Suministro de información falsa o incompleta
7,5M € / 1%

Art. 99.5.

Alternativas

AlternativaCosteQué obtienes
Consultora regulatoria HR tech€5.000–€12.0003-6 meses.
Despacho de abogados€5.000–€10.000Dictamen legal.
Ignorar el AI Act0 € ahoraMulta de hasta 15M € después
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¿Tu empresa vende el software de screening a varias organizaciones?

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Respuesta en un día laborable

Qué garantiza AICheck y qué no

AICheck genera un documento estructurado conforme al Artículo 11 y Anexo IV del Reglamento (UE) 2024/1689 a partir de la información que tú introduces. La veracidad, precisión y completitud de esa información es tu responsabilidad como proveedor del sistema de IA.

Garantizamos que la estructura del documento sigue el Artículo 11 y Anexo IV del Reglamento (UE) 2024/1689 y que las referencias legales citadas son correctas a fecha de la última verificación. No garantizamos que un documento concreto sea aceptado por una autoridad de vigilancia del mercado en un caso específico ni por un comprador comercial en un proceso de procurement.

AICheck no es asesoramiento jurídico. Para situaciones específicas, consulta con un abogado o consultoría regulatoria especializada.

Preguntas frecuentes — Screening de CVs y AI Act

¿Quién es el proveedor: mi empresa o la empresa que compra el software?
Tu empresa, si ha diseñado y desarrollado el sistema de IA. El Art. 3(3) del Reglamento (UE) 2024/1689 define proveedor como la persona que desarrolla un sistema de IA o un modelo de IA de uso general y lo comercializa o pone en servicio bajo su propio nombre. La empresa que lo compra y lo usa es el deployer bajo el Art. 3(4). Las obligaciones de documentación técnica del Art. 11 recaen sobre el proveedor.
¿La evaluación de impacto de protección de datos (EIPD) sirve para el AI Act?
No directamente. La EIPD es una obligación del RGPD (Art. 35). El AI Act exige documentación técnica conforme al Anexo IV, que incluye descripción de datos de entrenamiento, métricas de rendimiento, análisis de sesgos, y medidas de supervisión humana. Son documentos distintos con finalidades distintas, aunque pueden compartir información sobre los datos tratados.
¿Si mi software se usa para selección interna (no contratación externa), sigue siendo alto riesgo?
Sí. El Anexo III.4(a) del Reglamento (UE) 2024/1689 cubre sistemas destinados a la contratación o selección de personas físicas, sin distinguir entre selección interna o externa. Si tu software filtra candidatos internos para promociones, reasignaciones o acceso a formación, sigue siendo alto riesgo.
¿La AEPD tiene competencias sobre el AI Act o solo sobre el RGPD?
La autoridad de supervisión del AI Act en España es la AESIA, no la AEPD. Sin embargo, la AEPD ha publicado dictámenes sobre el uso de IA en selección de personal desde la perspectiva de protección de datos. Ambas autoridades pueden actuar simultáneamente: AESIA por incumplimiento del AI Act, AEPD por incumplimiento del RGPD.
¿Es una suscripción?
No. Pago único. La licencia incluye 30 días de edición y 10 regeneraciones. El PDF descargado es tuyo para siempre.
¿Puedo pedir la devolución?
Conforme al Art. 16.m de la Directiva (UE) 2011/83 sobre derechos de los consumidores, al activar la licencia das consentimiento expreso para la generación inmediata del contenido digital, renunciando al desistimiento de 14 días. Solo se aceptan devoluciones por fallo técnico reproducible.
¿Y si la normativa cambia?
Si la normativa cambia durante la vigencia de tu licencia, puedes regenerar el documento con la versión actualizada del generador sin coste adicional.
⚠️ Aviso importante: AICheck es una herramienta de auto-evaluación documental, no asesoramiento jurídico ni una auditoría de terceros. El documento conforme al Artículo 11 y Anexo IV del Reglamento (UE) 2024/1689 se genera a partir de los datos que tú introduces. La veracidad de los datos es tu responsabilidad. AICheck no sustituye una evaluación profesional cualificada.

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Doce documentos. Anexo IV completamente estructurado. Reglamento (UE) 2024/1689. Tus datos no salen de tu equipo. El ZIP que descargas es tuyo para siempre.

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✓ Última verificación normativa: 28 abril 2026 · Sin cambios sustantivos detectados · Ver historial