Reglamento (UE) 2023/1115 · VerificadoGenerar el DDS — 199 €

Tu refinería europea pide aceite de palma libre de deforestación con trazabilidad completa. Tu plantación en Magdalena Medio despacha 5.000 toneladas por trimestre. Así se genera el documento en 15 minutos.

Colombia es el cuarto mayor productor mundial de aceite de palma y el primero de América Latina, con una producción aproximada de 1,8 millones de toneladas métricas de crudo de palma al año. Fedepalma coordina estándares de calidad y acceso a mercado para productores de los Llanos Orientales, Magdalena Medio, la costa norte y la zona suroccidental. Colombia está clasificada como país de bajo riesgo bajo el Reglamento de Ejecución (UE) 2025/1093, lo que abre la puerta al régimen simplificado solo para micro y pequeños productores primarios. Pero la vía estándar para la mayoría de plantaciones comerciales sigue siendo la DDS completa bajo el Art. 4 y el Anexo II. EUDRCheck la genera en 15 minutos, en navegador, por 199 € por lote.

Generar el DDS — 199 €Diagnóstico gratuito: ¿necesitas un DDS EUDR?

199 € · Pago único · Dossier profesional de 28 páginas + archivos TRACES NT · Tus datos nunca salen de tu navegador

Basado en el Reglamento (UE) 2023/1115 · Modificado por el Reglamento (UE) 2025/2650 (23.12.2025) · Anexo II completamente estructurado · GeoJSON RFC 7946 validado en navegador · 100% en tu navegador — tus datos nunca salen de tu equipo

Los números que importan para la palma colombiana con destino UE

Colombia produce aproximadamente 1,8 millones de toneladas de CPO al año. Las plantaciones afiliadas a Fedepalma operan en los Llanos Orientales (Meta, Casanare), Magdalena Medio (Santander, Cesar), la costa norte (Magdalena, Bolívar) y la zona suroccidental (Nariño, Tumaco).

Bajo riesgo bajo Reg (UE) 2025/1093. Régimen simplificado solo para micro/pequeños productores primarios. Plantaciones comerciales y casas de comercio van por DDS completa Art. 4 + Anexo II.

1,8M t
Producción anual de CPO — nº1 América Latina, nº4 mundial
Bajo riesgo
Clasificación EUDR bajo Reg (UE) 2025/1093
199 €
por lote del dossier EUDR completo

Qué te está pidiendo tu comprador europeo

Bajo el Art. 4 y el Anexo II, los campos están definidos por ley.

1
Descripción del commodity
HS 1511 (CPO), 1513 (palmiste), 1517 (margarinas). Anexo II punto 2.
2
País de producción
Colombia — departamento + municipio (Meta–San Carlos de Guaroa, Santander–Puerto Wilches). Anexo II punto 3.
3
Geolocalización de cada parcela
Polígono perimetral para parcelas >4 ha. 6 decimales, WGS-84, GeoJSON RFC 7946. Anexo II punto 4 + Art. 2(28).
4
Trazabilidad
Plantador/extractora/exportador/importador UE. Anexo II punto 5.
5
Cumplimiento legal colombiano
Ley 160/1994, Ley 99/1993, SINAP, Licencia Ambiental, consulta previa, derechos comunidades, laboral, CLPI, fiscalidad. Art. 2(40) + 3(b).
6
Evaluación de riesgo — 14 criterios
Análisis Art. 10.2 (a) a (n).

EUDRCheck genera el dossier completo en 15 minutos.

Los tres errores más comunes de productores colombianos de palma ante el EUDR

Error 1 — 'Colombia es bajo riesgo = no necesito DDS completa'

Falso para plantaciones comerciales

El régimen simplificado solo aplica a micro/pequeños productores primarios individuales. Plantaciones comerciales y extractoras van por DDS completa.

Error 2 — Punto GPS único para plantación de 500 hectáreas

Se requiere polígono perimetral

Art. 2(28): parcelas >4 ha necesitan polígono completo, no un solo punto.

Error 3 — RSPO como sustituto del Art. 10.2

Certificación ≠ evaluación de riesgo

Art. 10.2(m): RSPO es evidencia complementaria, no sustituto de los 14 criterios.

Qué recibes: un dossier EUDR de 8 documentos

EUDRCheck no genera un único PDF. Genera un dossier completo de ocho documentos estructurados, entregado en un archivo ZIP que descargas y conservas. Cada documento cita el artículo del EUDR que cumple.

1

Dictamen de scope

Identifica tu rol (operator / trader / downstream), régimen aplicable, calendario legal. Art. 2 + Art. 8.

2

DDS pre-rellenada

PDF firmable + JSON importable a TRACES NT. Todos los campos del Anexo II completados con tus datos. Art. 4 + Anexo II.

3

GeoJSON validado

Archivo conforme a RFC 7946 + WGS-84. Puntos para parcelas <4 ha, polígonos para parcelas ≥4 ha. Visualización PDF incluida. Art. 2(28) + Anexo II.4.

4

Evaluación de riesgo formal

Análisis sistemático de los 14 criterios del Art. 10.2 (literales a a n). Conclusión razonada sobre nivel de riesgo. Art. 10.

5

Plan de mitigación de riesgo

Medidas de mitigación adoptadas o recomendadas cuando el riesgo es estándar o alto. Art. 11.

6

Mapeo de la cadena de suministro

Mapa aguas arriba y aguas abajo con datos completos de trazabilidad. Anexo II.5.

7

Checklist legal del país de producción

Ocho dimensiones del Art. 2(40). Art. 2(40) + 3(b).

8

Calendario post-DDS + recordatorios de cumplimiento

Archivo ICS con revisión anual, plazo de retención de 5 años, ventana de 72 horas para enmienda/retirada. Art. 12 + Art. 32.

Generado a partir de tus propios datos, en tu propio navegador. Ningún dato sale de tu dispositivo.

Lo que pagas por lote

🧾 CONSULTORA EN BOGOTÁ, VILLAVICENCIO O UE
2.000–5.000 €
1-3 semanas.
✓ EUDRCHECK
199 €
Pago único. Dossier 28 págs. 15 min.

El dossier EUDR y el mapeo de plantaciones: dos capas

● CAPA 1 — EL DOSSIER (EUDRCHECK LO HACE)

La DDS

Ocho documentos. 15 min. 199 €.

∅ CAPA 2 — POLÍGONOS DE PLANTACIÓN (SEPARADA)

Datos GIS de Fedepalma SISPA o auditorías RSPO

EUDRCheck convierte shapefile/KML a GeoJSON RFC 7946.

No vendemos servicios de captura en campo.

Realidad sancionadora

Bajo el Art. 25, las sanciones aplican al operador europeo.

🇪🇺
Multas — mínimo 4% de la facturación UE anual
≥ 4%

Art. 25.2(a): los Estados miembros imponen multas con un máximo de al menos el 4% de la facturación UE anual del operador o trader en el ejercicio anterior a la decisión sancionadora. El máximo puede elevarse para exceder el beneficio económico obtenido.

🇪🇺
Confiscación del commodity y sus ingresos
100%

Art. 25.2(b) y (c): el producto relevante y los ingresos de la transacción pueden ser confiscados por aduanas y autoridades competentes nacionales.

🇪🇺
Exclusión de contratación pública UE
12 meses máx.

Art. 25.2(d): exclusión temporal de procedimientos de licitación, subvenciones y concesiones por un máximo de 12 meses.

🇪🇺
Prohibición temporal de comercialización en casos graves o repetidos
Indefinido

Art. 25.2(e): prohibición de colocar productos relevantes en el mercado UE hasta que se demuestre el cumplimiento pleno. Aplica al comprador europeo, que traslada la consecuencia aguas arriba al proveedor no conforme.

Bajo el Art. 25.5, la Comisión publica cada decisión.

Alternativas

AlternativaCosteQué recibes
Consultora (Bogotá, Ámsterdam)2.000–5.000 €1-3 semanas
Plataforma enterprise8.000–20.000 €/añoContrato anual
RSPO soloTarifasEvidencia complementaria
EUDRCheck199 €Dossier 28 págs, 15 min

¿50 lotes de CPO por trimestre a Róterdam? Precio por volumen.

Escribe a hello@solidwaretools.com.

Solicitar precio por volumen
Respuesta en un día laborable

Lo que EUDRCheck garantiza y lo que no

EUDRCheck genera un documento estructurado según el Art. 4 y el Anexo II del Reglamento (UE) 2023/1115 (modificado por el Reglamento (UE) 2025/2650) a partir de la información que tú introduces. La veracidad, precisión y completitud de esa información es responsabilidad tuya como operator firmante o proveedor del envío.

Garantizamos que la estructura del documento sigue el Art. 4 y el Anexo II del Reglamento (UE) 2023/1115 y que las referencias legales citadas son correctas a la fecha de verificación más reciente. No garantizamos que un documento concreto sea aceptado por una autoridad de vigilancia del mercado en un caso específico ni por un comprador comercial en un proceso de procurement.

EUDRCheck no es asesoramiento jurídico. Para situaciones específicas, consulta con un abogado o consultoría regulatoria especializada.

Preguntas frecuentes — productores colombianos de palma

Colombia es bajo riesgo. ¿Mi plantación necesita DDS completa?
Probablemente sí. El régimen simplificado solo aplica a micro/pequeños productores primarios individuales.
Tengo RSPO IP. ¿Sustituye la DDS?
No. Art. 10.2(m): evidencia complementaria.
¿Quién presenta en TRACES NT?
El operador europeo. Tu plantación aporta los datos.
Mi plantación supera 4 ha. ¿Necesito polígono?
Sí. Art. 2(28) exige polígono perimetral para parcelas >4 ha.
¿Datos salen?
No. Navegador.
¿Asesoramiento?
No. Herramienta de estructuración.
⚠️ Aviso importante: EUDRCheck es una herramienta de auto-evaluación documental, no asesoramiento jurídico. El documento se genera a partir de los datos que tú introduces. La veracidad de los datos es tu responsabilidad. EUDRCheck no sustituye una auditoría de terceros ni un dictamen profesional cualificado. EUDRCheck no presta servicios de representante autorizado en la UE.

Salta la cola de la consultora. Genera el dossier en tu navegador en 15 minutos.

Ocho documentos. Anexo II completamente estructurado. Reglamento (UE) 2023/1115 en su redacción vigente incluyendo la modificación del Reglamento (UE) 2025/2650 del 23 de diciembre de 2025. Tus datos se quedan en tu dispositivo. El ZIP que descargas es tuyo para siempre.

199 € pago único
dossier profesional de 28 páginas · 15 minutos · Sin suscripción · En navegador
Generar el DDS — 199 €
✓ Última verificación normativa: 27 abril 2026 · Sin cambios sustantivos detectados · Ver historial