Reg (EU) 2024/2847Generar dossier — 149 €
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El Artículo 64 del Reglamento (UE) 2024/2847 establece tres niveles de sanción administrativa. El más alto: hasta 15 millones de euros o el 2,5% de la facturación mundial anual, lo que sea mayor. Se aplica al incumplimiento de los requisitos esenciales de ciberseguridad del Anexo I y las obligaciones del fabricante de los Artículos 13 y 14. La documentación técnica del Art. 31 es tu primera línea de defensa.

El régimen sancionador del CRA se estructura en tres niveles progresivos. Art. 64.2: hasta €15M o 2,5% por incumplir Anexo I + Arts. 13 y 14. Art. 64.3: hasta €10M o 2% por incumplir obligaciones documentales (Art. 31), declaración de conformidad (Art. 28), marcado CE (Art. 30) y representante autorizado (Art. 18). Art. 64.4: hasta €5M o 1% por suministrar información incorrecta o engañosa a autoridades. Las multas las imponen las autoridades de vigilancia del mercado de cada Estado miembro. CRACheck genera la documentación técnica conforme al Art. 31 y Anexo VII por 149 €. 15-25 minutos. 100% en tu navegador.

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Reglamento (UE) 2024/2847 · Art. 31 + Anexo VII · 8 documentos · 100% browser-side

Los tres niveles de multa

€15M / 2,5%
Nivel máximo de multa: incumplimiento Anexo I + Arts. 13 y 14 (Art. 64.2).
€10M / 2%
Segundo nivel: incumplimiento obligaciones documentales Art. 31, Art. 28, Art. 30 (Art. 64.3).
€5M / 1%
Tercer nivel: información incorrecta o engañosa a autoridades (Art. 64.4).

Cómo mitigar el riesgo sancionador

La documentación es tu primera línea de defensa.

1
Audita el ámbito
Identifica qué productos con elementos digitales de tu catálogo entran en el ámbito del CRA.
2
Clasifica cada producto
Usa el checker de CRACheck para determinar Default, Important o Critical.
3
Documenta
Genera la documentación técnica Anexo VII para cada producto. 15-25 min cada uno.
4
Evaluación de conformidad
Módulo A para Default, B+C o H para Important/Critical.
5
Archiva
Conserva documentación 10 años (Art. 13.13).
6
Monitoriza
Actualiza la documentación ante cambios en el producto o nuevas vulnerabilidades.

Misconceptions sobre las multas CRA

ENFORCEMENT

No van a multar hasta que haya casos precedentes

El Reglamento (UE) 2024/2847 se aplica plenamente desde el 11 de diciembre de 2027. Las autoridades de vigilancia del mercado de cada Estado miembro tendrán potestad sancionadora desde esa fecha. No es razonable asumir inacción.

PROPORCIONALIDAD

Las multas máximas son para las multinacionales, a mi empresa no le pondrán €15M

El Art. 64.5(c) obliga a considerar el tamaño de la empresa. Pero "considerar" no significa "eximir". Una multa proporcional al tamaño de una pyme sigue siendo potencialmente devastadora. Y el Art. 64.2 dice "hasta" €15M o 2,5%: es el techo, no el suelo.

DOCUMENTACIÓN

Si me pillan sin documentación, pago la multa y ya

El Art. 64.9 permite imponer multas además de otras medidas correctivas o restrictivas. Eso incluye retirada del mercado, prohibición de venta y publicación de la sanción. No es solo dinero: es tu producto fuera del mercado europeo.

8 documentos: tu primera línea de defensa

Si la autoridad de vigilancia solicita tu documentación Anexo VII y puedes proporcionarla, la investigación suele terminar ahí.

1

Product Classifier

Clasificación del producto según Art. 7 + Anexo III: Default, Important Class I, Important Class II o Critical.

2

Technical Documentation

Documentación técnica completa con las 8 secciones del Anexo VII conforme al Art. 31.

3

Risk Assessment

Evaluación de riesgos de ciberseguridad conforme al Art. 13.2 y Anexo I, Parte I.

4

User Information

Información e instrucciones para el usuario conforme al Anexo II.

5

Declaration of Conformity

Declaración UE de conformidad conforme al Art. 28 y Anexo V.

6

CVD Policy

Política de divulgación coordinada de vulnerabilidades conforme al Anexo I, Parte II, punto 5.

7

Notification Template

Plantilla de notificación a ENISA conforme al Art. 14 (early warning 24h, notificación 72h, informe final 14 días).

8

Obligations Calendar

Calendario con fechas clave: 11 sept 2026 (Art. 14), 11 dic 2027 (aplicación completa), periodo de soporte (Art. 13.8).

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€15 millones o 149 €

🧾 MULTA POTENCIAL + RETIRADA DEL MERCADO
€50.000–€15.000.000
Multa + pérdida de ingresos UE + daño reputacional.
✓ Última verificación regulatoria: 1 mayo 2026 · Sin cambios sustantivos detectados · Ver historial