Cómo elaborar el informe retributivo de tu empresa

El informe retributivo es el documento que va un paso más allá del registro retributivo básico. Mientras que el registro es esencialmente una tabla de datos —los valores medios de salarios, complementos y percepciones extrasalariales desagregados por sexo y categoría—, el informe retributivo es el análisis de esos datos: qué brecha existe, dónde se concentra, por qué se produce y qué va a hacer la empresa al respecto. Para empresas con plan de igualdad, el informe retributivo es un componente obligatorio de la auditoría retributiva que exige el Art. 8 del RD 902/2020. Para el resto, elaborar un informe aunque no sea estrictamente obligatorio es la mejor forma de demostrar ante la Inspección y ante los tribunales que la empresa conoce su situación retributiva y la gestiona activamente.

Un informe retributivo completo tiene cinco secciones. La primera es la descripción de la metodología utilizada: cómo se han agrupado los trabajadores por categoría, cómo se ha realizado la normalización de jornada parcial, y qué fórmula se ha aplicado para el cálculo de la brecha. La segunda es la presentación de los datos: las tablas de valores medios y medianas por categoría, complemento y percepción extrasalarial, con la brecha calculada en porcentaje para cada combinación. La tercera es el análisis de las diferencias detectadas: cuáles superan el umbral legal y cuáles no, con una evaluación de la naturaleza —directa o indirecta— de las discriminaciones identificadas. La cuarta es la justificación documentada de las diferencias que tienen explicación objetiva: antigüedad, resultados, condiciones del puesto. La quinta —cuando es necesaria— es el plan de actuación correctora con medidas concretas, responsables designados y plazos de ejecución.

El informe retributivo debe actualizarse anualmente con los datos del ejercicio anterior. Cuando haya cambios significativos en la plantilla —incorporaciones masivas, reestructuraciones, cambios en la política de complementos— puede ser necesaria una actualización extraordinaria. Una empresa con el informe retributivo al día y actualizado tiene una posición muy sólida ante cualquier inspección o reclamación judicial, porque puede demostrar no solo que conoce su situación, sino que la monitoriza y actúa sobre ella.

Lo que dice la ley

Art. 8 del RD 902/2020: Para empresas con plan de igualdad, la auditoría retributiva debe incluir diagnóstico de la situación retributiva, identificación de discriminaciones y plan de actuación correctora. Art. 5: El registro retributivo —base del informe— es obligatorio para todas las empresas, con actualización anual.

Consecuencias de no cumplir

Sin informe retributivo o con uno desactualizado, la empresa no puede demostrar ante la Inspección ni ante los tribunales que gestiona activamente su situación retributiva. Multas de 7.501 a 187.515 EUR, con agravante si se detecta discriminación que habría sido visible con un análisis correcto.

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