Brecha salarial por sectores en España: ¿cuáles son los peores?
La brecha salarial de género en España no es uniforme: varía de forma muy significativa según el sector de actividad, el tamaño de empresa, la región y el tipo de contrato. Según los datos de la Encuesta de Estructura Salarial del INE y los análisis de la Agencia Tributaria, los sectores con mayor brecha salarial bruta entre hombres y mujeres en España son el financiero y de seguros —donde la diferencia en retribución total puede superar el 20%—, las actividades inmobiliarias y los servicios profesionales de alta cualificación. El sector de la tecnología y la consultoría presenta brechas significativas especialmente en los niveles directivos y en la retribución variable.
En el extremo opuesto se sitúan sectores donde la brecha es menor por razones estructurales: el sector público —donde las tablas salariales están reguladas y son transparentes—, la educación y la sanidad pública —con fuerte presencia femenina y retribuciones regladas—, y determinados sectores industriales con convenios colectivos que han incorporado cláusulas de igualdad retributiva efectivas. Sin embargo, incluso en sectores con brecha global reducida pueden existir diferencias significativas en categorías concretas, en los complementos variables o en los beneficios sociales.
Lo que importa desde el punto de vista legal es que el sector no exime a ninguna empresa de sus obligaciones. La Inspección de Trabajo no acepta como justificación válida de una brecha injustificada el hecho de que «en este sector siempre ha sido así» o que la brecha de la empresa está por debajo de la media sectorial. La obligación de justificar las diferencias salariales con criterios objetivos a nivel de empresa y de puesto concreto se aplica con independencia de lo que hagan las demás empresas del sector. Conocer la brecha de tu sector es útil como contexto, pero la responsabilidad legal es individual y se mide con los datos de tu propia empresa.
Lo que dice la ley
Art. 28 del Estatuto de los Trabajadores: La obligación de igualdad retributiva es universal y no admite excepciones sectoriales. Art. 5 del RD 902/2020: El registro retributivo es obligatorio para todas las empresas independientemente del sector de actividad, tamaño o forma jurídica.
Consecuencias de no cumplir
Pertenecer a un sector con brecha alta aumenta la probabilidad de ser objeto de campañas de la Inspección. La media sectorial no es defensa válida: la infracción se mide empresa a empresa. Multas graves: 7.501–37.500 EUR; muy graves: 37.501–187.515 EUR.
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