Cómo justificar diferencias salariales superiores al 25%

Que en el registro retributivo aparezca una brecha superior al 25% no implica automáticamente una infracción —pero sí obliga a la empresa a actuar de inmediato. El Art. 5.3 del Real Decreto 902/2020 establece que, cuando el promedio de retribuciones de un sexo supera al otro en un 25% o más, la empresa debe incluir en el propio registro una justificación escrita que acredite que esa diferencia responde a motivos objetivos y no relacionados con el sexo. Sin esa justificación, el registro se considera incompleto y la empresa está en infracción, aunque la diferencia tenga una explicación perfectamente legítima.

La Inspección de Trabajo tiene criterios claros sobre qué tipo de justificaciones resultan aceptables. Son válidas las que se basan en factores objetivos y cuantificables: una mayor antigüedad media demostrable estadísticamente en el colectivo con mayor retribución; diferencias en los resultados de ventas o rendimiento documentadas con datos reales; la asunción de turnos de nocturnidad, guardia o peligrosidad distribuidos objetivamente entre la plantilla; o la exigencia de titulaciones o certificaciones específicas para el puesto. En todos los casos, la justificación debe ser concreta, numérica y documentalmente verificable. No se aceptan razonamientos genéricos como «es el sector» o «siempre ha sido así».

El umbral del 25% está vigente hoy pero tiene los días contados. La transposición de la Directiva (UE) 2023/970, cuyo plazo límite es el 7 de junio de 2026, reducirá este umbral al 5%. A partir de esa fecha, las empresas que presenten una brecha superior al 5% en algún grupo sin justificación objetiva deberán realizar una evaluación retributiva conjunta con la representación legal de los trabajadores en un plazo máximo de 6 meses. Las empresas que hoy pueden justificar cómodamente una brecha del 20% tendrán que replantear toda su política retributiva antes de esa fecha.

Lo que dice la ley

Art. 5.3 del RD 902/2020: «Cuando en una empresa con al menos cincuenta trabajadores, el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un veinticinco por ciento o más, el empresario deberá incluir en el Registro salarial una justificación de que dicha diferencia responde a motivos no relacionados con el sexo de las personas trabajadoras».

Consecuencias de no cumplir

Brecha superior al 25% sin justificación documentada equivale a un registro incompleto. La Inspección puede calificarlo como infracción grave (7.501–37.500 EUR). Si la brecha no tiene justificación objetiva posible, la infracción pasa a ser muy grave: hasta 187.515 EUR más reclamaciones salariales individuales.

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